Mediante la declaración de obra nueva se refleja una modificación física en una finca registral, tal como la construcción de un edificio. La declaración puede ser de finca terminada o de finca en construcción, en este último caso será necesario el otorgamiento de la correspondiente acta de finalización de obra. La declaración de obra nueva la otorga siempre el titular registral.
Documentación necesaria para fincas en construcción:
Documento de identidad del titular registral del solar.
Escritura del solar.
Licencia de obras.
Certificado de técnico competente acreditativo de que la obra se ha ejecutado con arreglo al proyecto para el que se obtuvo la licencia.
Proyecto de la obra.
Documentación necesaria para fincas terminadas:
Régimen ordinario: auto promotor.
Documento de identidad del titular registral del solar.
Escritura del solar.
Licencia de obras.
Certificado de técnico competente acreditativo de que la obra se ha ejecutado con arreglo al proyecto para el que se obtuvo la licencia.
Proyecto de la obra.
Régimen ordinario: promotor.
Documento de identidad del titular registral del solar.
Certificado de técnico competente acreditativo de que la obra se ha ejecutado con arreglo al proyecto para el que se obtuvo la licencia.
Documentación relativa al seguro decenal (condiciones generales de la póliza y suplemento de entrada en vigor con la firma legitimada notarialmente)
Libro del edificio.
Por antigüedad: auto promotor.
Certificado técnico acreditativo de la antigüedad de la obra superior a cuatro años. Es posible obviar este certificado con un certificado catastral descriptivo y gráfico en el que se acredite la antigüedad.
Actas de fin de obras:
Su otorgamiento va precedido del otorgamiento de una escritura de declaración de obra nueva en construcción.
Documentación necesaria:
Documento de identidad del otorgante.
Escritura de declaración de obra nueva en construcción.
Certificado técnico relativo a la construcción de la obra con arreglo al proyecto para el que se obtuvo la licencia.
Si es una promoción se precisa la documentación relativa al seguro decenal y el libro del edificio.